La cooperativa trabajará con todo el esfuerzo y la energía necesaria para lograr su objetivo que es el crecimiento económico y constante; así pues, en la cooperativa de producción se tendrá como finalidad el obtener los beneficios económicos, sociales, culturales, etcétera, que se persiguen al adherirse a la cooperación. Ya que la adhesión a la cooperativa es de completa libertad, ninguna persona podrá ser obligada a pertenecer a la cooperativa ya que esta es una decisión personal y que se toma en completa libertad de pertenecer o no a la misma.
¿Qué es el objeto social?
- Es a lo que te dedicas, son tus operaciones presentes y futuras
- Es la actividad principal o preponderante - un 90%
- Son los ingreso derivados de esas operaciones o actividades
- Es contemplar beneficios sociales y económicos tanto para socios como trabajadores
Tesis aislada de la segunda sala de la SCJN
RENTA. LA PROCEDENCIA DE LAS DEDUCCIONES EN EL IMPUESTO RELATIVO NO ESTÁ CONDICIONADA AL HECHO DE QUE LAS EROGACIONES RESPECTIVAS SE VINCULEN NECESARIAMENTE CON LA ACTIVIDAD PREPONDERANTE DEL CONTRIBUYENTE.
…… sin embargo, el postulado que indica que la erogación respectiva debe vincularse necesariamente con la generación del ingreso no implica que de las erogaciones efectuadas para generar ingresos, únicamente serán deducibles las que correspondan a la actividad preponderante del contribuyente, considerando que sólo éstas tienen el carácter de "estrictamente indispensables“….
En efecto, si bien la Ley del Impuesto sobre la Renta señala que las deducciones deben ser estrictamente indispensables para los fines de "la actividad del contribuyente", ello no debe entenderse en el sentido de que cada contribuyente solamente puede dedicarse a un único giro, pues al ser el objeto del gravamen la obtención de ingresos, es evidente que los gastos en que se incurre para su obtención deben ser deducibles (sujeto a las condiciones y limitantes legales), independientemente de que el causante tenga más de una actividad…..cuando se trata de una actividad lícita que se inscriba entre las que puede llevar a cabo el quejoso en el desarrollo de su objeto social ….
Amparo en revisión 297/2008. Servicios Administrativos Grupo Casa Saba, S.A. de C.V. 3 de septiembre de 2008. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Juan Carlos Roa Jacobo.